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Penalidad para un abuelo, ya que su hijo incumplió por 16 años, la cuota alimentaria de su hijo.

La Justicia de Río Negro falló a favor de una madre y ordenó que el abuelo paterno de su hijo se haga cargo del pago de la cuota alimentaria, luego de que el padre incumpliera con sus obligaciones durante varios años. La mujer había llevado adelante la crianza y el sostén económico de su hijo durante 16 años, sin recibir aportes regulares por parte del progenitor.
El fallo establece que el abuelo deberá aportar el 20% de su jubilación para cubrir las necesidades del menor. La decisión se basa en el principio de solidaridad familiar y el interés superior del niño, y sienta un precedente relevante en materia de derecho de familia.